Impuesto al Valor Agregado
TS de España rechazó los recursos deducidos por sociedad contra las liquidaciones del IVA.
En sus resoluciones, el máximo Tribunal español desestimó dos recursos deducidos por la sociedad Bwin Interactive Marketing España, S.L. contra sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

El Tribunal Supremo de España, dictó dos sentencias en las que fijó como criterio interpretativo que “se encuentran sujetos al IVA los servicios de publicidad, consultoría, marketing y asesoramiento prestados por una empresa establecida en el territorio de aplicación del impuesto, cuando siendo la destinataria de los servicios otra empresa que no está establecida en dicho territorio (sino en Gibraltar) y que se dedica a la prestación de servicios de juego on-line a través de plataformas digitales, esta última empresa utilice o explote en el territorio de aplicación del impuesto los servicios prestados por la primera”.
En sus resoluciones, el máximo Tribunal español desestimó dos recursos deducidos por la sociedad Bwin Interactive Marketing España, S.L. contra sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que confirmaron liquidaciones relativas al IVA a dicha empresa, correspondientes a periodos de entre 2008 y 2012, por importe total de 976.000 euros.
Te puede interesar

Realización de una visita in loco al país.
CIDH anuncia creación de un Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) para coadyuvar investigaciones de recientes hechos de violencia y violaciones de los derechos humanos en Bolivia.

Entidad vela por correcto uso de la red social.
Facebook destina 130 millones a la «Corte Suprema» de moderación de contenido.

Desde el 17 de octubre.
Amnistía recomienda investigar alarmante uso de la fuerza en manifestaciones mayoritariamente pacíficas en el Líbano.

