Diario Constitucional

Derecho a la intimidad.

TS español rebaja pena a enfermera que accedió al historial clínico de su ex yerno obcecada por la seguridad de sus nietos.

El Tribunal redujo la pena que le había impuesto la Audiencia Provincial de Cáceres al considerar que los estímulos tan poderosos por los que actuaba, no sólo no contrarían las normas socioculturales, sino que atienden a un bien normativo constitucionalizado como es el interés del menor.

Por Redacción·06 de febrero de 2018·3 min de lectura
TS español rebaja pena a enfermera que accedió al historial clínico de su ex yerno obcecada por la seguridad de sus nietos.
Referencial

El Tribunal Supremo español rebajóa 2 años de prisión, 4 años de inhabilitación absoluta y multa de 1.080 euros la condena impuesta a una enfermera de un centro de salud de Cáceres por un delito de descubrimiento y revelación de secretos, establecido en los artículos 197.2, 6 y 198 del Código Penal.

Cabe señalar que obcecada por la seguridad de sus nietos, la mujer accedió a los historiales clínicos del padre de los menores y de su nueva esposa, ambos médicos anestesistas, para comprobar si tenían problemas de adicciones.

Así, en la sentencia 4/2018, la Sala redujo la pena que le había impuesto la Audiencia Provincial de Cáceres al considerar que “los estímulos tan poderosos por los que actuaba, no sólo no contrarían las normas socioculturales, sino que atienden a un bien normativo constitucionalizado como es el interés del menor, y además actúa ante la creencia de un peligro inminente y constante**,** creencia pues de una causa de justificación”.

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