Delincuencia.
TS español impone como pena prohibición de acceder al metro por un tiempo concreto a condenados por hurto en sus instalaciones.
El máximo Tribunal considera proporcionada esta pena impuesta por la Audiencia de Barcelona a dos personas que se apoderaron del teléfono de una turista.

El Tribunal Supremo español estableció que se puede imponer como pena a un condenado por un delito de hurto la prohibición de acceder a las instalaciones del metro de una ciudad por un tiempo determinado, aunque los hechos se hayan cometido en una estación o en una línea concreta y no en todo el suburbano.
El Tribunal considera proporcionada la prohibición de utilizar el metropolitano de Barcelona durante nueve meses impuesta a dos condenados por este delito que se apoderaron del teléfono móvil de una turista cuando se disponía a bajar del vagón en una estación –Urquinaona- de la línea 4.
Cabe señalar que además de esta pena, la Audiencia Provincial de Barcelona fijó otra de tres meses de prisión para cada uno de ellos por estos mismos hechos. Ambos ya habían sido condenados con anterioridad por otros hurtos.
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