Diario Constitucional

Recurso de protección rechazado.

Cierre del contorno de un condominio con portones eléctricos y rejas se confirma por la magistratura.

Los recurrentes alegaron que el cierre del condominio ubicado en Coquimbo, es un acto arbitrario -con la complicidad del municipio-, porque les impide desarrollar libremente una actividad económica, idea que fue rechazada por la magistratura al observar que los portones no impiden el acceso a los locales de los actores, y, además, la instalación cuenta con la autorización del Departamento de Obras.

Por Redacción·30 de mayo de 2024·3 min de lectura
Imagen: www.infogate.cl
Referencial

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de La Serena, que rechazó el recurso de protección interpuesto por dos comerciantes en contra de la Municipalidad de Coquimbo, por permitir la instalación de portones que les impiden el acceso a sus locales.

Los recurrentes poseen una empresa de inversiones y un gimnasio, ubicados al interior de un loteo residencial denominado “El Santuario”, en la comuna de Coquimbo. Acusan que, un grupo de vecinos que no lograron identificar instaló portones eléctricos para controlar el acceso al barrio, con la complicidad del municipio, que permitió la instalación de estos elementos sin existir autorización expresa ni acuerdo previo de la totalidad del condominio. Refieren que los portones impiden a terceros acercarse a sus locales, lo que afecta la actividad que ejercen.

Los actores consideran que la anuencia del municipio es un acto arbitrario e ilegal, que vulnera la igualdad ante la ley, la libertad ambulatoria, el derecho a desarrollar una actividad económica lícita, y el derecho de propiedad; por lo tanto, solicitan a la Corte que ordene a la Municipalidad desinstalar las rejas y portones eléctricos.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.