Diario Constitucional

Recurso de casación acogido.

Corte Suprema confirma fallo que rechaza cobro de arriendo de oficina por el periodo que permaneció cerrada por la pandemia.

El máximo Tribunal consideró yerro en la sentencia recurrida, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, al ordenó el pago total de las rentas tras la declaración del término del contrato de arrendamiento.

Por Redacción·08 de agosto de 2022·4 min de lectura
Imagen: sp.depositphotos.com
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La Corte Suprema acogió el recurso de casación en el fondo impetrado y, en sentencia de reemplazo, confirmó la sentencia de primera instancia que declaró resuelto el contrato de arrendamiento de oficina y que ordenó el pago de los arriendos adeudados, con la excepción del periodo en que el inmueble, ubicada en el centro de la comuna de Santiago, debió permanecer cerrado por las restricciones impuestas por la autoridad sanitaria debido a la pandemia de coronavirus.

El fallo señala que, a modo de colofón, el mal estado de la cosa o la calidad de esta a que se refiere el artículo 1932 del Código Civil, deben entenderse en función del objetivo esencial, cual es que impidan que la cosa sirva para el objeto para el cual fue destinada.

La resolución agrega que, en las condiciones antes dicha, la limitación para el desarrollo de ciertas actividades comerciales, de esparcimiento, productivos y de construcción o prohibición de estas, dispuesta por la autoridad administrativa destinada a mitigar o impedir los contagios por COVID-19, configura una anomalía de la cosa, de tipo jurídica, que integra el supuesto de hecho referido a la calidad de la cosa arrendada reglado por el artículo 1932 del Código Civil.

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