Recurso de nulidad rechazado por la Corte Suprema.
Condena contra imputado que arrojó bomba molotov al interior de una iglesia evangélica luterana en Osorno queda a firme.
El acusado arrojó el elemento incendiario al interior del templo durante la celebración de un servicio religioso en el que numerosos fieles participaban, pero el artefacto no produjo la ignición esperada por el hechor, quien posteriormente fue detenido.

La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Osorno, que condenó al imputado a la pena de cuatro años de presidio menor en su grado máximo, como autor del delito consumado de arrojar artefacto incendiario, y a la pena de seis años de presidio mayor en su grado mínimo, como autor del ilícito frustrado de incendio.
El día 27 de febrero del año 2020, a las 20:15 horas, el acusado junto a un acompañante, concurrieron a una Iglesia Evangélica Luterana, ubicada en el sector de Pampa Alegre, comuna de Osorno, previamente concertados con el propósito de provocar un incendio, y en conocimiento de desarrollarse una reunión con alto número de personas en su interior movilizándose para ello en el vehículo. Con la finalidad entonces de provocar un incendio se valieron de un artefacto incendiario compuesto de una botella de vidrio que contenía una mecha y gasolina en su interior.
Una vez en el lugar, el imputado ingresó al templo evangélico, portando la referida bomba incendiaria, quien luego de interactuar con algunas personas que se encontraban en el salón donde se desarrollaba la reunión, se dirigió a una sala contigua, y desde una ventana abierta hacia el salón principal donde se encontraba gran cantidad de gente reunida, lanzó el artefacto incendiario encendido, huyendo del lugar por el sector posterior del edificio, subiendo al vehículo que conducía su acompañante, quien lo esperaba en las afueras del lugar. El artefacto incendiario encendido y arrojado por el imputado, se quebró al impactar el suelo, derramando el líquido acelerante, sin producirse la ignición de éste, no obstante haberse aplicado una fuente calórica a su mecha. El acusado fue detenido posteriormente por Carabineros y puesto a disposición de la justicia.
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