Recurso de casación en el fondo rechazado.
Condena de 12 años de cárcel decretada a ex agente de Carabineros que asesinó a un detenido político en 1973 se confirma por la Corte Suprema.
El recurrente invocó argumentos contradictorios en su recurso. De manera principal abogó por su inocencia fundada en las imprecisiones del relato de los testigos de la causa, pero en su petición subsidiaria solicitó que se le aplique una pena atenuada por su participación en los hechos, alegaciones contrapuestas que se anulan entre sí y privan de sustento material a su libelo.

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Temuco, que confirmó aquella de base que condenó al acusado a la pena de doce años de presidio mayor en su grado medio, y en lo civil, ordenó al Fisco indemnizar a las dos hijas de la víctima por daño moral.
El 23 de septiembre de 1973, en horas de la madrugada, la víctima fue llevada desde una comisaría de la ciudad de Temuco, en la que había estado detenido sólo por ser el junior del intendente regional del gobierno depuesto por la dictadura cívico-militar, a un sitio eriazo, lugar en que el acusado, actuando como agente del Estado en su calidad de funcionario de Carabineros, disparó en reiteradas oportunidades con su fusil de servicio, provocando la muerte de la víctima por los múltiples traumas balísticos.
Las dos hijas del ajusticiado denunciaron el hecho en los años siguientes, siendo condenado penalmente en 2015, a la pena de doce años de presidio como autor del delito consumado de homicidio calificado, y en materia civil, el tribunal ordenó al fisco pagar a título de daño moral $100.000.000.- a cada una de las demandantes; decisión que fue confirmada por la Corte de Temuco en alzada.
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