Diario Constitucional

Reclamación rechazada

Corte confirma decisión municipal que negó renovación de patente de alcoholes por aumento de hechos delictuales en el sector

El tribunal confirmó la legalidad de los decretos municipales que negaron la renovación de una patente de alcoholes, tras comprobar que la decisión se basó en antecedentes concretos sobre el aumento de delitos e incivilidades en el sector y que la autoridad cumplió con la obligación de motivar sus actos conforme a la Ley N° 19.880.

Por Redacción·09 de noviembre de 2025·2 min de lectura
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La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el reclamo de ilegalidad interpuesto en contra de la Municipalidad de Quilicura, por los Decretos Alcaldicios Exentos N° 206 y 369 que rechazaron la renovación de la patente de alcoholes del actor para el primer semestre de 2025.

El reclamante alegó que los decretos son ilegales porque carecen de fundamentación, vulnerando los artículos 11 y 41 de la Ley N° 19.880, que exigen que los actos administrativos sean debidamente motivados. Señaló que la decisión de no renovar la patente se transformó en caprichosa y antojadiza al no expresar motivo alguno.

El municipio solicitó el rechazo del reclamo, argumentando que la decisión se basó en un informe de la Dirección de Seguridad Pública y Comunitaria que daba cuenta de un aumento sostenido de criminalidad e incivilidades en el sector, asociado al consumo de alcohol, sustancias ilícitas y estupefacientes.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el reclamo, al concluir que los decretos impugnados fueron dictados dentro de las atribuciones legales que la Ley N°18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades confiere a los municipios, particularmente en sus artículos 65 y 79, que regulan la competencia del alcalde y del concejo municipal para otorgar, renovar, caducar o trasladar patentes de alcoholes.

Precisó que la decisión municipal se adoptó tras un procedimiento regular y debidamente motivado, en el que se tuvieron a la vista los antecedentes aportados por la Dirección de Seguridad Pública y Comunitaria, cuyo informe dio cuenta del aumento sostenido de hechos delictuales y conductas incívicas en el entorno del local del reclamante, asociadas al consumo de alcohol y drogas, antecedentes que fueron expuestos y discutidos en sesión del Concejo Municipal, el cual resolvió por unanimidad rechazar la renovación de la patente.

Asimismo, la Corte advirtió que los fundamentos de la decisión se encuentran claramente expresados tanto en los Decretos Alcaldicios Exentos N°206 y N°369, de enero de 2025, como en el Decreto Alcaldicio Exento N°898, que rechazó el reclamo administrativo, cumpliendo con las exigencias de motivación establecidas en la Ley N°19.880 sobre Bases de los Procedimientos Administrativos. De este modo, concluyó que el acto impugnado contiene las consideraciones necesarias y suficientes para ser considerado debidamente fundado, por lo que la actuación del municipio se enmarca dentro de su potestad discrecional orientada a la satisfacción del interés general de la comunidad, sin configurarse ilegalidad alguna que justifique la intervención judicial.

En mérito de lo expuesto, la Corte de Santiago rechazó el reclamo de ilegalidad, sin costas.

Vea sentencia Corte de Santiago Rol N°198-2025 (Contencioso administrativo).

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