Nulidad penal acogida.
Corte de Apelaciones anula condena por maltrato habitual en Viña del Mar porque no se valoró debidamente un video en que la víctima aparece agrediendo a su marido.
Al momento de apreciar la prueba, el fallo únicamente menciona la existencia del video como uno de los elementos que sirvieron para acreditar la violencia que habría practicado el sentenciado en contra de su cónyuge, sin dar explicación alguna y sin hacerse cargo de su potencial mérito exculpatorio.

La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia del Juzgado de Garantía de Viña del Mar, por haber condenado al requerido a la pena de 300 días de presidio menor en su grado mínimo, como autor del delito de maltrato habitual.
El recurrente alegó que se falló con error en la valoración de la prueba, vulnerándose el principio de razón suficiente, ya que el tribunal no sólo dio por acreditado que los hechos ocurrieron desde el año 2010, en circunstancias que el requerimiento indicaba que comenzaron en el 2019, sino que además le otorgó valor probatorio a la declaración de la víctima pese a sus inconsistencias, contradicciones y la falta de corroboración por otros medios objetivos, en cuanto valoró pantallazos de mensajes sin identificación del remitente y la declaración de la madre de la víctima que, no pudieron especificar episodios concretos de violencia.
Aduce que, el tribunal no se pronunció ni razonó respecto de elementos exculpatorios presentados por la defensa, como un video que mostraría a la víctima en una actitud agresiva en contra del imputado, respecto de quien reconoció haberlo rasguñado y sin lesiones el día en que alegó haber sido golpeada, ni respecto de la declaración del psicólogo rendida por el Ministerio Público, lo cual impediría reproducir el razonamiento judicial y configuraría un vicio esencial que afectaría la lógica de la sentencia.
Te puede interesar

Violencia intrafamiliar.
Corte de Santiago revoca resolución que declaró incompetencia del Juzgado de Familia. La calificación de hechos constitutivos de maltrato habitual no puede basarse solo en lo señalado por la supuesta víctima.

Maltrato.
Tribunal Supremo de España se pronunció sobre las características del delito de maltrato habitual en el hogar, las formas en que se ejerce y el modo en que afecta a las víctimas.

Posible delito de violación.
Presentan ante el TC contienda de competencia suscitada entre Juzgado de Letras de Lebu y la Fiscalía Local del Ministerio Público, sobre causa de maltrato habitual en contexto de violencia intrafamiliar.

