Diario Constitucional

Nulidad penal rechazada.

Corte de Apelaciones confirma condena por homicidio calificado de trabajadora sexual.

Ratifica pena de 20 años de presidio para autor de crimen alevoso en Curicó. Hubo alevosía en su variante de actuar sobre seguro, ya que el acusado citó a la víctima —con quien tenía una relación previa de confianza— a un lugar apartado y de noche, asegurando así un entorno sin riesgo para sí.

Por Redacción·10 de junio de 2025·6 min de lectura
freepik.es
Referencial

La Corte de Apelaciones de Talca rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Curicó, que condenó al acusado a la pena de 20 años de presidio mayor en su grado máximo, como autor del delito de homicidio calificado y a la pena de 300 días de presidio menor en su grado mínimo, como autor del delito de hurto, en perjuicio de una trabajadora sexual.

El recurrente alegó que se falló con errónea aplicación del derecho, ya que los sentenciadores calificaron los hechos como constitutivos de homicidio calificado con alevosía –en su variante de obrar sobre seguro– en circunstancias que solo se configuraba un homicidio simple del artículo 391 N°2 del Código Penal, desde que no se pudo acreditar que el cliente de la víctima hubiese creado o se hubiese aprovechado intencionalmente de un estado de indefensión de la víctima para asegurar el resultado del delito ni que existiera un dolo específico de actuar alevosamente, pues si bien se reunieron en un lugar apartado, fue por mutuo acuerdo antes de concretar la cita.

Aduce que, el Ministerio Público había acusado por la calificante de ensañamiento y no por alevosía, por lo que no se rindió prueba destinada a acreditar esta última.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.