Fallo unánime.
Corte de Concepción desestimó impugnación intentada por AFP Capital contra sentencia que declaró injustificado despido que efectuó.
La actora se desempeñaba como agente profesional de ventas.

La Corte de Apelaciones de Concepción desestimó la impugnación intentada por AFP Capital en contra de la sentencia dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo, que declaró injustificado el despido que efectuó invocando las causales previstas en los N°1 y N°7 del artículo 160 del Código del Trabajo.
El fallo indica que la demandada dedujo recurso de nulidad fundado en el motivo de nulidad previsto en el artículo 478 letra c) del Código del Trabajo, por ser necesaria la alteración de la calificación jurídica de los hechos asentados en la sentencia, sin modificar las conclusiones fácticas de tribunal de base, en cuanto estimó injustificado el despido de la actora.
Agrega que el libelo impugnatorio propone, mediante el procedimiento lógico deductivo que plantea, que el hecho de tratarse de un contrato de trabajo falso, y que se refiere a un pariente de la demandante, necesariamente implica al menos un conocimiento, inducción o concierto, habida cuenta que la única persona eventualmente beneficiada de tal situación era la propia actora, quien recibió una comisión por dicho traspaso.
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