Recurso de nulidad rechazado
Corte de Iquique ratifica condenas por homicidio simple al no configurarse legítima defensa ni atenuantes de colaboración
La Corte confirmó la condena por homicidio simple y lesiones menos graves, tras descartar que uno de los acusados actuara en legítima defensa y que se configuraran las atenuantes de colaboración sustancial y confesión espontánea alegadas por las defensas.

La Corte de Apelaciones de Iquique rechazó los recursos de nulidad interpuestos en contra de la sentencia del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esa ciudad que condenó a los acusados a la pena de doce años de presidio mayor en su grado medio, como autores del delito de homicidio simple, y a la pena de trescientos días de presidio menor en su grado mínimo, como autores del delito de lesiones menos graves.
El recurrente alegó que, respecto de un acusado, se falló con error en la valoración de la prueba vulnerando las reglas de la lógica, en especial el principio de razón suficiente, y con errónea aplicación del derecho, ya que los sentenciadores desestimaron la eximente de legítima defensa prevista en el artículo 10 N°4 del Código Penal, en circunstancias que el acusado no participó en la agresión inicial y que su actuar posterior constituyó una reacción defensiva ante un ataque ilegítimo, actual e inminente por parte de la víctima.
Aduce que, a pesar de que el imputado se presentó voluntariamente ante la autoridad y prestó declaración, el tribunal no le reconoció la circunstancia atenuante de colaboración sustancial del artículo 11 N°9 del Código Penal.
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