En fallo unánime.
Corte de Punta Arenas desestima recurso de nulidad contra sentencia que absolvió a dos acusados en juicio donde se presentaron grabaciones de cámaras de seguridad de baja calidad.
El recurso de nulidad no constituye una vía para impugnar la valoración de la prueba realizada por el tribunal penal.

La Corte de Apelaciones de Punta Arenas rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la misma ciudad, que absolvió a dos personas acusadas del delito de robo con intimidación en que se desestimaron grabaciones obtenidas con cámaras de seguridad de baja resolución.
El Ministerio Público dedujo recurso de nulidad, acusando que el fallo del tribunal penal contradice los principios de la lógica, las máximas de la experiencia y los conocimientos científicamente afianzados, ya que no consideró que los acusados fueron reconocidos por funcionarios de Carabineros, por las víctimas y por múltiples testigos en juicio y a través de reconocimientos fotográficos. A su vez, señaló que el tribunal desestimó de forma errónea las grabaciones de las cámaras de seguridad que se encuentran en el hogar de la víctima, en donde consta claramente que los acusados cometieron el ilícito, pero no fueron valoradas por la mala calidad de su imagen.
La Corte de Punta Arenas rechazó el recurso, al estimar que el tribunal penal expuso en su sentencia todas las razones que se tuvieron en consideración para absolver a los acusados, atribuyéndole valor a cada una de las pruebas presentadas sin contradecir los principios de la razón suficiente, las máximas de la experiencia y los conocimientos científicamente afianzados. A su vez, tuvo presente que el recurso de nulidad no constituye una vía para impugnar la valoración de la prueba realizada por el tribunal penal.
Te puede interesar

Acoge un recurso de casación en el fondo.
CS ordena consulta a pueblo kawésqar sobre proyecto de construcción de «Piscicultura de Recirculación Lago Balmaceda» en Magallanes.

Caso denominado "Fraude en el Ejército".
La ministra en visita de la Corte Marcial Romy Rutherford Parentti sometió a proceso a coronel en retiro del Ejército por su responsabilidad en el delito reiterado de fraude al Fisco por un monto de $195.379.790, en la arista «Tecnodata I».

Sana crítica.
Corte de Iquique rechazó recurso de nulidad deducido contra sentencia que desestimó reclamación judicial de multa.

