Indemnización por prisión política
Corte de Santiago aumenta a $25 millones indemnización a víctima de detención ilegal durante régimen militar
El tribunal estimó insuficiente el monto fijado en primera instancia y consideró especialmente la gravedad de los apremios sufridos por la demandante, quien se encontraba embarazada de ocho meses al momento de los hechos.

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia dictada por el Vigésimo Quinto Juzgado Civil de la capital en una causa de indemnización de perjuicios por violaciones a los derechos humanos, aumentando el monto concedido por concepto de daño moral desde $15 a $25 millones.
El fallo, que reproduce la sentencia apelada sustituye únicamente la suma indemnizatoria fijada en primera instancia.
La acción se fundó en una detención ocurrida en la madrugada del 28 de diciembre de 1987, en el contexto del régimen militar, la cual se extendió por ocho días, sin que se acreditara una privación de libertad posterior, reiterada o prolongada.
La Corte estableció que la demandante sufrió apremios físicos —principalmente golpes— y afectaciones psicológicas durante la detención, destacando especialmente que al momento de los hechos tenía un hijo de tres años y cursaba un embarazo de ocho meses.
El tribunal sostuvo que toda privación ilegítima de libertad y trato degradante ejecutado por agentes del Estado constituye una grave vulneración a derechos fundamentales protegidos por normas constitucionales y tratados internacionales sobre derechos humanos, cuya reparación resulta jurídicamente procedente.
No obstante, el fallo precisó que la determinación prudencial del daño moral debe considerar no solo la entidad abstracta de la vulneración, sino también las circunstancias concretas del caso, particularmente la singularidad del hecho, su duración, la intensidad de los padecimientos y sus efectos acreditados, evitando indemnizaciones desproporcionadas o duplicidades resarcitorias.
En este sentido, la sentencia consignó que la demandante fue reconocida como víctima de violaciones a los derechos humanos conforme a las Leyes N°19.123, N°19.992 y N°20.874, habiendo percibido reparaciones administrativas que ascienden aproximadamente a $36.601.735.-, además de una pensión mensual de 230 mil pesos.
La Corte recordó además que la jurisprudencia de la Corte Suprema ha sostenido que las reparaciones otorgadas por leyes especiales no impiden ejercer acciones civiles, aunque sí constituyen antecedentes relevantes para regular prudencialmente el monto del daño moral, resguardando el principio de reparación integral y evitando enriquecimientos sin causa.
Atendidos todos los antecedentes, especialmente el tiempo de detención, la naturaleza de los apremios sufridos y el avanzado estado de embarazo de la víctima al momento de los hechos, la Corte concluyó que la suma fijada en primera instancia era insuficiente, aumentando prudencialmente la indemnización a $25 millones, cantidad que estimó adecuada, razonable y proporcional al daño acreditado.
Asimismo, la Corte rechazó la adhesión a la apelación deducida por el Fisco de Chile y precisó que, aunque procedían reajustes e intereses, no podía modificar ese aspecto al no haber sido solicitado en el recurso de apelación.
Vea sentencia Corte de Santiago Rol Nº3.559-2025 y Vigésimo Quinto Juzgado Civil de Santiago Rol NºC-3737-2023.
Temas
Te puede interesar

Gestión preparatoria
Boleta de honorarios por sí sola no basta para preparar cobro ejecutivo, aclara Corte Suprema

Nulidad penal rechazada
Preguntas aclaratorias que juez del tribunal oral realiza a un testigo no quebrantan la garantía de imparcialidad del tribunal

Condena por homicidio con
Tribunal Oral de Santiago condena a 12 años de presidio a autor de homicidio de adolescente en La Pintana

