Diario Constitucional

Por unanimidad.

Corte de Santiago confirmó fallo que condenó a empresas por accidente laboral en campamento minero.

La sentencia señala que no hubo exposición imprudente al daño por parte de la trabajadora.

Por Redacción·15 de enero de 2019·2 min de lectura
Corte de Santiago confirmó fallo que condenó a empresas por accidente laboral en campamento minero.
Referencial

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó a Sodexo Chile S.A. y a la Compañía Minera Lumina Cooper Chile a pagar solidariamente una indemnización de $26.000.000 (veintiséis millones de pesos) a manipuladora de alimentos que sufrió un accidente laboral en yacimiento ubicado en Copiapó, en marzo de 2017.

La sentencia señala que no hubo exposición imprudente al daño por parte de la trabajadora, porque, la causa principal del accidente, fue el movimiento repentino de la plataforma hidráulica que descargaba los carros provocando la caída de éstos. Además, el supervisor de la faena, encontró observaciones en la etapa de trabajos con rampa y no detuvo la actividad. También se comprobó que el 25% de los carros se encontraban en mal estado, coincidente con los problemas presentados por la rampa. Concluyendo que la empresa incumplió con el procedimiento de trabajo seguro en actividad de carga y descarga de carros por parte del conductor y del peoneta", sostiene el fallo.

Asimismo, se aduce luego, la empresa no comunicó a la trabajadora el lugar dónde se debía tomar la temperatura de los alimentos y no le advirtió que no debía realizarse en la zona de descarga. Por lo anteriormente expuesto, el empleador no acreditó que tomó efectivamente las medidas de seguridad que la naturaleza de las faenas ameritaba, para proteger eficazmente la vida y salud de la trabajadora.

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