Delitos de lesa humanidad
Corte de Santiago eleva a $110 millones indemnización por daño moral a víctima de prisión y tortura en dictadura
El tribunal confirmó la responsabilidad del Estado y descartó la prescripción de la acción civil, considerando la gravedad de los hechos y las secuelas sufridas por la demandante desde los 19 años, aumentando el monto fijado en primera instancia.

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia dictada por el 26° Juzgado Civil de la capital en una causa de indemnización de perjuicios por violaciones a los derechos humanos, elevando el monto del daño moral a la suma de $110 millones, con reajustes e intereses, a favor de la demandante que fue víctima de detención, prisión y torturas durante cinco meses a partir del 31 de octubre de 1973.
El tribunal de alzada compartió los fundamentos del fallo de primera instancia para rechazar las excepciones del Fisco de Chile, especialmente aquellas relativas a que la víctima ya habría sido indemnizada mediante políticas generales de reparación y a la prescripción de la acción. En este último punto, la Corte sostuvo que no resulta aplicable el régimen de prescripción propio de las acciones patrimoniales, atendido el carácter de los hechos, calificados como atroces y contrarios a los estándares del derecho internacional, lo que justifica la imprescriptibilidad de las acciones destinadas a reparar a sus víctimas.
En cuanto a la determinación del monto indemnizatorio, el tribunal indicó que deben considerarse no solo las secuelas acreditadas en el proceso, sino también elementos propios de este tipo de causas, como el tiempo transcurrido entre los hechos y la decisión judicial, la investidura de los agentes estatales involucrados, la duración de los padecimientos, la forma en que se ejecutaron, así como la edad y condiciones personales de la víctima.
En el caso concreto, se estableció que la demandante, quien tenía 19 años al momento de los hechos, fue sometida a tratos crueles e inhumanos que le provocaron graves daños físicos y psicológicos, afectando de manera permanente su desarrollo vital e interrumpiendo su proyecto de vida. Estas circunstancias fueron consideradas especialmente relevantes, junto con su condición de vulnerabilidad —incluida su pertenencia a una etnia y su edad— y el abuso de poder por parte de agentes del Estado.
El fallo concluyó que el daño moral sufrido es de tal entidad que los montos fijados en primera instancia resultaban insuficientes, por lo que procedió a aumentarlos prudencialmente, descartando la solicitud del Fisco de rebajar la indemnización.
La decisión fue acordada con el voto en contra de un abogado integrante, quien estuvo por revocar la sentencia y rechazar la demanda, argumentando que la acción civil indemnizatoria es de carácter patrimonial y, por tanto, se encuentra sujeta a prescripción conforme a las normas del Código Civil, la que en este caso se encontraría largamente vencida.
Con todo, la mayoría del tribunal confirmó la responsabilidad del Estado y fijó el monto indemnizatorio en $110 millones, reafirmando el deber de reparación frente a graves violaciones a los derechos humanos.
Vea sentencia Corte de Santiago Rol Nº3.205-2025y del 26º Juzgado Civil de Santiago Rol NºC-5164-2022.
Temas
Te puede interesar

Agravante mal aplicada
Corte Suprema rebaja pena por tráfico de drogas y descarta agravante de asociación

Nulidad acogida por falta de
Corte de Valparaíso anula parcialmente condena por arma y municiones y ordena nuevo juicio

Corte rebaja condena por cannabis
Corte Suprema descarta tráfico en pequeñas cantidades y recalifica porte de cannabis como consumo personal

