Entre marzo de 2019 y febrero de 2023.
Corte de Santiago rebaja multa aplicada a médico por cobrar prestaciones no brindadas y sin respaldo.
El Tribunal de alzada estuvo por rebajar la multa originalmente impuesta (426 UF), por considerarla excesiva.

La Corte de Apelaciones de Santiago fijó en 50 UF el monto de la multa que deberá cancelar médico sancionado por presentar a cobro prestaciones no realizadas ni contar con registros de aquellas que efectivamente realizó, entre marzo de 2019 y febrero de 2023.
El fallo señala que, del análisis de la resolución impugnada se desprende que las infracciones atribuidas a la prestadora quedaron debida y oportunamente acreditadas en el procedimiento de fiscalización que FONASA siguió en su contra, de los cuales se constatan la falta del reclamado en materias de su responsabilidad en calidad de prestador. En efecto, de la documentación acompañada por la reclamada en su informe se advierte que los antecedentes presentados por el reclamante no se presentan en un formato que permita satisfacer los fines fiscalizadores del Fondo Nacional de Salud y del Ministerio del ramo.
Asimismo, la aludida resolución se hace cargo de las alegaciones de su defensa.
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