Apelación.
Corte de Talca acogió impugnación y dejó sin efecto subasta pública realizada en juicio ejecutivo laboral.
El arbitrio fue deducido por el acreedor hipotecario de la ejecutada.

La Corte de Apelaciones de Talca acogió el recurso de apelación deducido en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de la ciudad, dejando sin efecto la subasta pública realizada en juicio ejecutivo laboral.
El fallo expone que el conflicto sometido al conocimiento de la Corte radicó en el rechazo, en virtud de lo previsto en el artículo 491 del Código de Procedimiento Civil, de la solicitud de modificación de las bases de la subasta realizada por el tercerista de prelación y, a su vez, acreedor hipotecario de la ejecutada.
Detalla que, con fecha 23 de enero del año 2020, el acreedor hipotecario interpuso tercería de prelación, exigiendo el pago de la suma que se le adeudaría, ascendente a $41.670.812, solicitando que su crédito fuera cubierto con el producto del inmueble embargado y con preferencia al ejecutante, adjuntando la documentación fundante de su pretensión de prioridad, la cual se encuentra pendiente de resolución.
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