CS confirmó.
Corte de Valparaíso rechaza amparo económico contra resolución judicial.
La Corte Suprema –en alzada- confirmó el fallo en todas sus partes; decisión que fue adoptada con la prevención de los Ministros Egnem y Aránguiz.

Se dedujo acción de amparo económico –por parte de un particular- en contra de la resolución judicial, de fecha 28 de noviembre de 2014, pronunciada por el Primer Juzgado de Letras de San Antonio, por cuanto procedió a desalojar al recurrente de manera ilegal, injusta y arbitraria del inmueble en que se encuentran ubicadas sus pertenencias mineras, en virtud de la orden de lanzamiento decretada en causa Rol N° C-869-2011, en contra del demandado y de todos sus ocupantes.
Al efecto, expuso el actor que la resolución impugnada atenta contra sus derechos mineros amparados por el Código de Minería, precisando al respecto que el ejecutado es su arrendador con quien mantiene un contrato de arrendamiento sobre dicho inmueble desde el 1 de agosto de 2010, y que en consecuencia resulta improcedente que se pretenda ejecutar la diligencia de lanzamiento con todas las instalaciones, herramientas, maquinarias y construcciones existentes en el lugar y que son de su propiedad, toda vez que el sólo pago de la patente proporcional y posterior pago de la patente definitiva, le ampara en su derecho para poder ejecutar las mejoras necesarias relacionadas con el desarrollo de la actividad minera en dicho inmueble.
La Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó el recurso de amparo económico.
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