Casación fondo acogida con voto en
Corte Suprema anula expropiación de bienes de EFE por falta de autorización presidencial exigida
Constató que la falta de autorización presidencial tornaba inexpropiable el bien ferroviario, al acoger la reclamación de ilegalidad presentada por EFE contra el acto expropiatorio dictado por el Serviu de O’Higgins, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2°, inciso cuarto, del DFL N° 1 de 1993.

La Corte Suprema acogió el recurso de casación en el fondo deducido por la Empresa de los Ferrocarriles del Estado (EFE) y, en consecuencia, anuló la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Rancagua que había confirmado el fallo del Primer Juzgado Civil de esa ciudad que rechazó una reclamación de ilegalidad contra el acto administrativo que dispuso la expropiación de dos inmuebles ferroviarios, ubicados en la comuna de Rancagua, en el marco del proyecto de ampliación de Avenida Baquedano.
La controversia se centró en una Resolución Exenta dictada por el Serviu de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, mediante la cual se ordenó la expropiación de diversos inmuebles, entre ellos, los pertenecientes a EFE, sin contar con un decreto supremo que autorizara expresamente el levantamiento de la vía férrea o de la estación.
En su presentación, EFE sostuvo que la resolución expropiatoria era ilegal por cuanto no contaba con la autorización expresa del Presidente de la República, exigida por el artículo 2°, inciso cuarto, del DFL N° 1 de 1993, que regula a la Empresa de los Ferrocarriles del Estado. A juicio de la reclamante, dicha norma impide toda forma de enajenación —incluidas las forzosas, como la expropiación— de bienes afectos al trazado ferroviario sin la referida autorización presidencial, por lo que, al no haberse dictado el correspondiente decreto supremo, el bien resultaba legalmente inexpropiable.
Temas
Te puede interesar

Remite informe al Senado
Corte Suprema informa iniciativa que busca modificar reglas de subrogación y prórroga de funciones de ministros de Tribunales Ambientales

Artículo 24 del DL 1.939/1977
Correos de Chile se encuentra habilitada jurídicamente a dar de baja computadores cuya tecnología se encuentra obsoleta para sus finalidades y donarlos a entidades sin fines de lucro.

Inmueble contaría con duplicidad de inscripciones.
Acción de precario interpuesta por la Empresa de Ferrocarriles del Estado en contra de Club Deportivo que ocuparía un inmueble de su dominio, se rechaza por la Corte de Rancagua.

