Recurso de unificación de jurisprudencia inadmisible.
Corte Suprema condena a contratista y empresa agrícola a pagarle solidariamente una indemnización total de $25.781.500 por accidente laboral a trabajadora temporera.
El máximo Tribunal desestimó el arbitrio al proponer el recurrente una materia de derecho que, tal como fue planteada, no es susceptible de cotejo.

La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto en contra de la sentencia que acogió demanda por accidente laboral y que condenó a contratista (empleador) y a la empresa Agrícola Johnson Fruit SA (mandante), a pagarle solidariamente una indemnización total de $25.781.500 a trabajadora temporera que sufrió caída desde escalera en mal estado, en noviembre de 2017.
El fallo señala que, según se expresa en la legislación laboral, el recurso de unificación de jurisprudencia es susceptible de ser deducido en contra de la resolución que falle el recurso de nulidad, estableciéndose su procedencia para el caso en que ‘respecto de la materia de derecho objeto del juicio existieren distintas interpretaciones sostenidas en uno o más fallos firmes emanados de Tribunales Superiores de Justicia’, conforme lo explicita el artículo 483 del Código del Trabajo.
Asimismo, del tenor de lo dispuesto en el artículo 483-A del cuerpo legal aparece que esta Corte debe controlar, como requisitos para su admisibilidad, por un lado, su oportunidad; en segundo lugar, la existencia de fundamento, además de una relación precisa y circunstanciada de las distintas interpretaciones respecto de las materias de derecho objeto de la sentencia, sostenidas en diversos fallos emanados de los tribunales superiores de justicia, y finalmente, debe acompañarse copia del o los fallos que se invocan como fundamento del recurso en referencia.
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