Fue trasladada a tres hospitales sin recibir atención digna y oportuna.
Corte Suprema condena a servicios de salud a pagar una indemnización de $160.000.000 por muerte de paciente que no recibió atención médica oportuna y digna.
El máximo Tribunal estableció la responsabilidad de los servicios de salud por falta de servicio en los traslados realizados durante toda la jornada, entre los hospitales de Cañete, Curanilahue y Concepción, pese a la gravedad de las lesiones que presentaba la paciente.

La Corte Suprema condenó al Servicio de Salud de Arauco y al de Concepción a pagar conjuntamente una indemnización total de $160.000.000 a los hijos de paciente que falleció por traumatismo encéfalo craneano abierto y hemorragias subaracnoideas y que fue trasladada a tres hospitales sin recibir atención digna y oportuna.
En el caso concreto, la falta de servicio que la parte demandante imputa a los demandados, a través de los Hospitales intervinientes en los hechos, radica en que las atenciones se prestaron de manera irregular e incluso defectuosa, puesto que no se puso a disposición de la Sra. Alarcón todas las medidas necesarias para resguardar su situación médica y, por el contrario, durante todo un día fue sometida a diversos traslados desde un recinto hospitalario y otro no obstante mantener un TEC abierto y hemorragias subaracnoideas, alejándose de esa forma de los estándares de diligencia debidos, por cuanto con su conducta omisiva no contribuyó, como se esperaría que lo hiciera, a evitar las complicaciones de salud que la aquejaban, olvidando que se trataba de una paciente con un nivel de riesgo importante que había sufrido horas antes un atropello con fractura craneana y de su pierna izquierda; pero que contaba, de acuerdo a lo expresado por los propios médicos, con probabilidades de sobrevida o al menos de la chance de vivir.
La resolución agrega que lo cierto es que la paciente tuvo un largo y agotador peregrinaje entre los diversos hospitales de la comuna, donde cada uno de ellos, aludió a falta de utensilios para tratarla y/o hacerse cargo de su estado médico. Sin embargo, de la sola dinámica de los hechos, se advierte que aquellos no solo no adoptaron las medidas serias y reales de cuidado, respecto de la paciente, teniendo presente su condición médica, sino que su actuar se encuentra en el límite de la desidia y la inhumanidad.
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