Diario Constitucional

Recurso de protección acogido.

Corte Suprema ordena inscribir vehículo rematado en el año 2007 a nombre del adjudicatario.

El recurrente acusó una grave conculcación al derecho de propiedad, pues el recurrido nunca inscribió el automóvil a su nombre y circuló durante años por diversas autopistas concesionadas sin poseer el dispositivo TAG, lo que devino en deudas por más de 50 millones de pesos a nombre del actor, que debe soportar la presunción de dominio de un bien que no posee por la desidia del recurrido para efectuar las inscripciones respectivas.

Por Redacción·24 de noviembre de 2023·3 min de lectura
Corte Suprema ordena inscribir vehículo rematado en el año 2007 a nombre del adjudicatario.
Referencial

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Santiago, que negó lugar al recurso de protección interpuesto en contra de un particular por negarse a inscribir un vehículo a su nombre, y en su lugar, acogió la acción cautelar.

El recurrente sostuvo que, en el año 2006 su vehículo fue embargado para asegurar el pago a un acreedor. Finalmente, el bien fue rematado en 2007 y adjudicado por el recurrido, que no inscribió el vehículo a su nombre, y transitó durante años por autopistas concesionadas sin instalar el dispositivo TAG, lo que devino en multas hacia el actor por un total de $51.140.570.-; por lo tanto, solicita al tribunal que ordene al recurrido realizar los alzamientos e inscripciones respectivos, para inscribir el automóvil a su nombre, pues su desidia ha acarreado una grave vulneración al derecho de propiedad del recurrente, al soportar las presunciones de dominio que pesan sobre él respecto de un vehículo del que se despojó en el año 2007.

En su informe, el recurrido instó por el rechazo de la acción argumentando que creyó que al adquirir el móvil en un remate, las inscripciones se encontraban al día, por lo que no veía nada malo en circular sin TAG. Añade que se percató “del problema” en el año 2009, cuando quiso alzar la prenda y la prohibición de enajenar del vehículo y el trámite fue rechazado por pagos pendientes en las autopistas. Relata que, en 2018, vendió el auto “de palabra” a otro tercero, indicando la salvedad del problema del vehículo con el TAG, y desde esa fecha no ha tenido noticias del automóvil.

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