Casación fondo rechazada
Corte Suprema rechaza reclamación de Entel por orden de demolición de antenas dictada por la Municipalidad de Providencia
Desestima recurso contra sentencia que rechazó ilegalidad en decreto de demolición. Corte concluye que instalación requería permiso municipal y que la empresa carecía de legitimación activa. La altura de las estructuras superaba el límite para exigir solo aviso, y la orden de demolición fue dictada conforme a derecho.

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto por Entel PCS contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó el fallo del 1° Juzgado Civil de Santiago que rechazó un reclamo de ilegalidad contra Decreto Alcaldicio de la Municipalidad de Providencia que ordenó la demolición de una instalación de antenas de telecomunicaciones.
El recurrente alegó que la Corte de Santiago no debió confirmar la sentencia de primera instancia, desde que el fallo incurrió en vicios sustanciales al desestimar su pretensión pese a haberse acreditado la ilegalidad del acto administrativo, por cuanto se fundó en una causal no prevista en la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) y fue dictado por una autoridad incompetente.
Según Entel PCS, el municipio no tenía la facultad para ordenar la demolición de infraestructura de telecomunicaciones, siendo dicha atribución exclusiva de la Dirección de Obras Municipales (DOM), conforme a lo dispuesto por la Ley N°20.599.
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