Diario Constitucional

Tercera sala.

CS acoge casación en el fondo y exige notificación de demanda para interrumpir prescripciones de corto tiempo.

“el medio para interrumpir civilmente la prescripción es cualquier gestión que se haga por el titular de un derecho ante los tribunales a fin de poder gozarlo” y que “Para que haya interrupción deben concurrir los siguientes requisitos: demanda judicial; notificación legal de la demanda; que no haya desistimiento de la demanda o abandono de la instancia; y que el demandado no haya tenido sentencia de absolución”, pues de otra forma no podría operar la interversión de a prescripción.

Por Redacción·04 de octubre de 2012·2 min de lectura
Fuente: Corte Suprema.
Referencial

Se dedujo recurso de casación en el fondo en contra de una sentencia de la Corte de Apelaciones de Antofagasta que, confirmando la de primer grado, rechazó una demanda de declaración de prescripción de patentes en contra de un municipio.

En el arbitrio de nulidad sustancial se denuncia la infracción del artículo 2523 del Código Civil en relación con el artículo 2503 del mismo cuerpo legal, por cuanto se debió acoger totalmente la excepción de prescripción deducida al no ser factible estimar como requerimiento apto para interrumpir la prescripción una carta de cobranza de la Tesorería Municipal, de la que ni siquiera se acreditó el envío.

La Corte Suprema acogió el recurso de casación e invalidó la sentencia recurrida.

Comentarios (2)

  1. genesis castro

    ¿Como puedo saber el rol de la causa? Gracias!

    1. Elke von Loebenstein

      Estimada Génesis Sentencias ingresadas, saludos

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.