Con voto en contra.
CS acogió casación e hizo lugar a oposición contra solicitud de registro de marca “Bridgestone off the road tires”.
La decisión fue acordada con el voto en contra del Ministro Künsermüller, quien fue del parecer de rechazar el recurso.

La Corte Suprema acogió el recurso de casación en el fondo contra la sentencia del Tribunal de Propiedad Industrial, que confirmó el fallo de primer grado por el cual se rechazó la demanda de oposición deducida por Off Road S.A. y se concedió el registro pedido por Bridgestone Corporation de la marca mixta “BRIDGESTONE OFF THE ROAD TIRES”.
La sentencia del máximo Tribunal expone que, evaluándose comparativamente las marcas en cuestión, se tiene que la similitud gráfica y fonética entre los signos es evidente. En efecto, la sola adición del componente “BRIDGESTONE” no dota al signo de fisonomía propia, pues al confrontar los conjuntos permanece la analogía. Dicha característica exige un análisis de probabilidad de confusión que demuestre cómo, a pesar de tal semejanza, el fin del símbolo se cumple, cual es identificar a los bienes como provenientes de una fuente particular y asignados a un fin o producto específico. Sin embargo, del estudio de las coberturas que cada seña ampara se consolida la equivalencia, dada la estrecha vinculación de los productos que distinguen, a saber, bienes que compiten en un mercado conformado por igual público consumidor, lo que generará toda clase de errores y confusiones en relación al origen empresarial de los productos impidiendo una coexistencia pacífica en el mercado.
El fallo agregó que tampoco se puede soslayar el pronunciamiento previo del Instituto Nacional de Propiedad Industrial respecto de la pretensión de la solicitante de registrar el signo mixto “OFF THE ROAD TIRES”, asociado a un diseño prácticamente idéntico al de autos, dada su configuración fácilmente confundible, situación que se mantiene con su nueva pretensión, lo que la housemark no logra salvar.
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