Diario Constitucional

En fallo dividido.

CS acogió recurso de queja del CNTV en contra de Corte de Santiago por rebaja de sanción aplicada a empresa de televisión satelital.

El máximo Tribunal acogió recurso especial y confirmó la multa de 250 UTM que deberá pagar la empresa por la exhibición de la película “Riesgo total” en horario restringido.

Por Redacción·06 de diciembre de 2016·2 min de lectura
CS acogió recurso de queja del CNTV en contra de Corte de Santiago por rebaja de sanción aplicada a empresa de televisión satelital.
Referencial

La Corte Suprema acogió el recurso de queja presentado por el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) en contra de integración de sala de la Corte de Santiago que rebajó a amonestación la sanción aplicada por la entidad a Telefónica Empresas Chile S.A.

La sentencia del máximo Tribunal sostuvo que "en el proceso resultó establecida la existencia de la infracción a las normas ya transcritas, cometida por Telefónica Empresas Chile S.A., al emitir en horario matutino una película calificada para mayores de 18 años. Con lo anterior, la debida inteligencia de los preceptos referidos da cuenta que la sanción aplicable era la de multa, en tanto es aquella que de manera imperativa ordena el artículo 12 letra l) de la tantas veces citada Ley Nº18.838, al remitirse al artículo 33 Nº2. En efecto, la disposición no contempla una posibilidad de sanción diversa, toda vez que dicho número 2 regula solamente la aplicación de multa, dando un ámbito de discrecionalidad relativo solamente al monto de ésta, en tanto consagra un rango dentro del cual se permite la acción de los sentenciadores”.

La resolución de la Corte Suprema agregó que "de ser efectivas las circunstancias esgrimidas por la empresa, relativas a las circunstancias de contratación del servicio, las herramientas de que dispone para filtrar los contenidos a que acceden los menores de edad, la imposibilidad de editar los programas exhibidos y otras que expone en su escrito de apelación, ellas sólo permitían aplicar, dentro del rango legal, una multa menor, pero nunca una sanción distinta a la expresamente establecida por el legislador para este tipo de infracciones, ni siquiera a pretexto de que ella resulta desproporcionada para el caso concreto o que así haya sido solicitado por la reclamante".

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.