Ausencia de agravio.
CS confirmó que construcción de cerco no impide a dueño de predio acceder libremente al río Toltén.
Informe de Carabineros determinó que servidumbre de tránsito no presenta obstáculos para su uso por el recurrente ni por terceros.

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco, que rechazó el recurso de protección deducido por un particular en contra de sus vecinos por la construcción de un cerco.
El actor denunció la vulneración de los derechos de igualdad ante la ley y propiedad, así como de la prohibición de autotutela, por cuanto los recurridos levantaron una cerca con estacas de madera y alambre de púas en un terreno que es un bien nacional de uso público.
Expuso que los recurridos bloquearon la servidumbre de acceso que le permite el ingreso y salida libre al rio Toltén, perjudicándolo negativamente, ya que debe buscar otra servidumbre de paso que está más lejos de su propiedad para dar de beber agua a sus animales, generando pérdidas económicas y de tiempo al tener que dar la vuelta más larga.
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