Diario Constitucional

No hubo vulneración de garantías constitucionales.

CS confirmó sanción disciplinaria impuesta a funcionario por irregularidades en la recaudación de ingresos del Cementerio Municipal de Antofagasta.

La acción cautelar sólo consagra la protección al juzgamiento por comisiones especiales y no del debido proceso en su totalidad.

Por Redacción·22 de agosto de 2021·6 min de lectura
noticiasantofagasta.cl
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La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta, que rechazó el recurso de protección deducido por un funcionario de la Municipalidad, en contra de la resolución que le aplicó una sanción disciplinaria por no ejercer a cabalidad las funciones encargadas.

El actor denunció la vulneración del derecho a un debido proceso y derecho a la honra, por cuanto se le aplicó la sanción de multa de un 10% de su remuneración mensual y una anotación de demerito en el factor de calificación de dos puntos, contemplada en el artículo 122 del Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales.

Expuso que el Informe de Investigación Especial de la Contraloría, instruido por la Municipalidad de Antofagasta, por la venta de terrenos en el Cementerio Municipal, propuso una sanción disciplinaria de multa del 10% de remuneración mensual y una anotación de demerito de dos puntos en su perjuicio, la que se aplicó mediante Decreto Alcaldicio, respecto del cual dedujo recurso de reposición dentro del plazo legal, que fue rechazado manteniendo la sanción.

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