Actor no ha cumplido obligaciones que emanan del contrato.
CS revocó sentencia que había acogido recurso de protección contra decisión de no entregar título a estudiante universitario.
Se dedujo acción de protección en contra de un plantel universitario, por haberse negado a entregar el título de sociólogo, fundando su decisión en que el estudiante mantiene una deuda con la universidad. El recurrente alegó la vulneración de sus garantías a la igualdad ante la ley, libertad de trabajo, derecho de propiedad y el…

Se dedujo acción de protección en contra de un plantel universitario, por haberse negado a entregar el título de sociólogo, fundando su decisión en que el estudiante mantiene una deuda con la universidad. El recurrente alegó la vulneración de sus garantías a la igualdad ante la ley, libertad de trabajo, derecho de propiedad y el contenido esencial de los derechos.
La Universidad informó que el estudiante mantiene deudas con la casa de estudio por conceptos de arancel, matrícula y alojamiento en un hogar universitario.
La Corte de Apelaciones de Concepción acogió el arbitrio para lo cual tuvo presente que para efectos de resguardar el crédito que mantiene con el actor, la universidad debe ejercer con las acciones jurisdiccionales contempladas en la ley, constituyendo la negativa a entregar el título una acción de autotutela vedada en nuestro ordenamiento.
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