Reclamo de ilegalidad acogido.
Es ilegal y arbitraria la resolución de la autoridad que desestimó la solicitud de la recurrente sin haberla notificado de manera válida.
La Corte de Rancagua ordenó a la Dirección de Obras emitir una nueva resolución exenta que se haga cargo de los argumentos de la recurrente.

La Corte de Rancagua acogió el reclamo de ilegalidad interpuesto por Inversiones Raco SpA. en contra de la Municipalidad y Dirección de Obras Municipales de Rancagua, por la dictación de una resolución exenta que rechazó su solicitud de Permiso de anteproyecto de obra nueva.
En su libelo, la actora señala que el día 21 de enero de 2019 ingresó a la DOM una solicitud de aprobación de Anteproyecto de Edificación. Refiere que, el día 30 de agosto de 2019 el director de la DOM formuló observaciones, las que no le fueron notificadas, tomando conocimiento de ellas recién el día 13 de julio de 2020, aclarándolas y subsanándolas ese mismo día.
Menciona que la recurrida rechazó su solicitud, aduciendo extemporaneidad, lo que fundó en el artículo 1.4.9. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, que le otorga al interesado un plazo de 60 desde la comunicación formal del Director de Obras municipales para subsanar o aclarar las observaciones.
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