Recurso de nulidad rechazado.
Los argumentos de la defensa son genéricos y no explican cómo los hechos asentados vulneraron las garantías procesales del imputado.
El recurrente alegó que durante el juicio no se registraron las declaraciones de uno de los funcionarios policiales que participó en la detención del acusado, infringiendo el debido proceso. Sin embargo, no pudo argumentar cómo este hecho puntual influyó en la decisión de condenar al encartado.

La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena, que condenó al imputado a la pena de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio, como autor de dos delitos consumados de robo con fuerza en lugar habitado.
El día 27 de agosto de 2022, las 03:00 de la mañana, en un sector de la ciudad de Coquimbo, el imputado ingresó al domicilio de la víctima y sustrajo desde su interior una mochila con efectos personales y $200.000.- en dinero efectivo, huyendo del lugar al ser sorprendido por los moradores de la casa. Posteriormente, a las 05:00, ingresó a otro inmueble, y desde el patio del lugar, arrancó 10 metros de cañerías de cobre de la red de agua potable, siendo sorprendido por esta segunda víctima al huir del lugar, quien dio aviso a Carabineros quienes lo detuvieron en las proximidades del sector y lo pusieron a disposición de la justicia.
En contra de la sentencia condenatoria, el acusado dedujo recurso de nulidad invocando la causal contenida en la letra a) del artículo 373 del Código Procesal Penal, por vulneración al debido proceso.
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