Se cumplen los requisitos de doble incriminación y los presupuestos previstos en el tratado de extradición firmado por Chile y el Reino de Bélgica en 1889.
Ministro de la Corte Suprema Jorge Dahm acogió la solicitud de extradición de ciudadano chileno condenado en ausencia a 4 años de presidio, como autor de una serie de delitos de robo en la ciudad de Amberes, Bélgica.
El ministro instructor difirió la entrega del requerido hasta que se resuelva el proceso que enfrenta en el Decimotercer Juzgado de Garantía de Santiago por porte ilegal de armas.

El ministro de la Corte Suprema Jorge Dahm Oyarzún acogió la solicitud de extradición de ciudadano chileno condenado en ausencia a 4 años de presidio, como autor de una serie de delitos de robo en la ciudad de Amberes, Bélgica.
La sentencia indica que, en cuanto al cumplimiento del requisito del artículo 499 letra b) del código antes mencionado, que exige que los delitos que se le imputan al requerido sean de aquellos extraditables, también se encuentra cumplido conforme a la aplicación del tratado de extradición suscrito entre Chile y el Reino de Bélgica, el 29 de mayo de 1889.
En dicho tratado, en su artículo I, se establece un catálogo de delitos por los cuales se puede pedir la extradición, como ya se señaló, entre los cuales está la asociación de malhechores y el robo.
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