Recurso de protección rechazado por la Corte Suprema.
Prohibición permanente de ingreso de particular a un club social se ajusta a derecho.
Pese a no ser socio el recurrente utilizaba subterfugios para “colarse” y utilizar indebidamente las instalaciones del club, llegando incluso a realizar su fiesta de cumpleaños en las dependencias, y luego de una denuncia anónima de algunos de sus socios, el club prohibió permanentemente el ingreso del actor al recinto privado, invocando su normativa interna y el derecho de admisión.

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Antofagasta, que rechazó el recurso de protección interpuesto por un particular en contra del Club Social y Deportivo Auto Club Antofagasta, por prohibir de forma permanente el acceso del recurrente a las instalaciones del Club.
El actor sostuvo que el día 25 de marzo de 2023 fue invitado para asistir a una actividad que se realizaría en el club social, y que al momento de entrar al recinto -y sin previo aviso- se le impidió el acceso debido que pesa sobre él una prohibición perpetua de ingreso a cualquiera de las instalaciones del recurrido.
Añade que reclamó formalmente dicha situación a la administración, la cual, con fecha 12 de abril de 2023, ratificó la prohibición que lo afecta.
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