Diario Constitucional

Recurso de nulidad desestimado por Corte de Valdivia.

Si no hubo testigos de la defensa que se encontraran presente, es razonable privilegiar el testimonio de Carabineros que sí presenciaron los hechos.

Es bastante evidente que lo cuestionado apunta, más que a una vulneración de las reglas de la sana critica, a una valoración paralela de la defensa de los antecedentes de la causa.

Por Redacción·27 de agosto de 2023·2 min de lectura
Proceso de reducción de condena es de orden administrativo y no queda sujeto al principio de irretroactividad de la ley penal
Referencial

La Corte de Valdivia rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Juzgado de Garantía de Osorno, que condenó al acusado a la pena de cien días de presidio menor en su grado mínimo por el delito de manejo en estado de ebriedad, la que fue sustituida por la remisión condicional.

El recurrente alegó que se falló vulnerando las reglas de la sana crítica y el principio de razón suficiente, ya que el juez no valoró las declaraciones de los testigos que dan cuenta de que la persona que manejó el auto fue un amigo del imputado, puesto que este último había ingerido alcohol. Además, el tribunal no consideró que el imputado se encontraba imposibilitado de conducir, en cuanto usaba una bota ortopédica y muleta por la fractura de su pie.

En mérito de ello, invoca en su impugnación la causal de nulidad de la letra e) del artículo 374 del Código Procesal Penal.

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