Recurso de nulidad desestimado por Corte de Valdivia.
Si no hubo testigos de la defensa que se encontraran presente, es razonable privilegiar el testimonio de Carabineros que sí presenciaron los hechos.
Es bastante evidente que lo cuestionado apunta, más que a una vulneración de las reglas de la sana critica, a una valoración paralela de la defensa de los antecedentes de la causa.

La Corte de Valdivia rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Juzgado de Garantía de Osorno, que condenó al acusado a la pena de cien días de presidio menor en su grado mínimo por el delito de manejo en estado de ebriedad, la que fue sustituida por la remisión condicional.
El recurrente alegó que se falló vulnerando las reglas de la sana crítica y el principio de razón suficiente, ya que el juez no valoró las declaraciones de los testigos que dan cuenta de que la persona que manejó el auto fue un amigo del imputado, puesto que este último había ingerido alcohol. Además, el tribunal no consideró que el imputado se encontraba imposibilitado de conducir, en cuanto usaba una bota ortopédica y muleta por la fractura de su pie.
En mérito de ello, invoca en su impugnación la causal de nulidad de la letra e) del artículo 374 del Código Procesal Penal.
Te puede interesar

La presunción de inocencia no basta.
Corte de Concepción confirma rechazo de sobreseimiento definitivo de investigación por homicidio de menor en Caripilún.

Remitido a la presidencia del Senado.
Corte Suprema envía informe sobre proyecto de ley que restringe reemplazo de prisión preventiva por caución.

Daños físicos y emocionales.
Corte de Santiago confirma fallo que condenó a universidad privada por accidente de alumna en una escalera del plantel que se encontraba mojada.

