Remitido a la presidencia del Senado.
Corte Suprema envía informe sobre proyecto de ley que restringe reemplazo de prisión preventiva por caución.
El Pleno sintetiza que, la iniciativa busca restringir la aplicabilidad de la facultad de remplazo de la prisión preventiva por una caución económica suficiente, para evitar que el sistema discrimine entre las personas que cuentan con más recursos –que pueden acceder a ella– y aquellas que no cuentan con estos, y terminan privados de libertad.

Reunido el tribunal pleno de la Corte Suprema analizó el contenido del proyecto de ley, iniciado en moción, que “Modifica el artículo 146 del Código Procesal Penal, para restringir la posibilidad de reemplazo de la prisión preventiva por una caución, tratándose de los delitos que señala”. Informe que fue remitido el miércoles 23, a la presidencia del Senado.
El informe señala, en primer lugar, que es necesario poner de relieve que, independientemente de los objetivos del proyecto, este se fundamenta en una concepción observable de los fines y herramientas del proceso penal y en este sentido, confunde los fines instrumentales que persiguen medidas cautelares como la prisión preventiva (cautelar los fines el proceso, proteger a la víctima o a la sociedad), atribuyéndole –erróneamente– fines sancionatorios.
Para el pleno de ministros, esta confusión se hace patente en la moción cuando ofrece como fundamento de la misma que la facultad establecida por el artículo 146 del Código Procesal Penal permitiría a las personas con buena situación económica ‘sortear, de forma lícita, las consecuencias de sus actos’, evitando de esta manera ‘sanciones […] más gravosas’.
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