Diario Constitucional

Crisis penitenciaria

Siete internos de Tiltil, ex Punta Peuco, inician huelga de hambre por presunto incumplimiento de fallos judiciales

La medida fue formalizada mediante carta al alcaide del recinto y, según los internos, responde a una acumulación de decisiones administrativas —entre ellas el retiro de espacios y el ingreso de presos comunes— adoptadas pese a resoluciones judiciales vigentes. Afirman que la responsabilidad por cualquier deterioro en su salud recae en el Estado, encargado de resguardar su integridad bajo custodia.

Por Redacción·27 de febrero de 2026·1 min de lectura
Imagen: La Tercera
Referencial

Siete internos del Centro Penitenciario de Tiltil (ex Punta Peuco) iniciaron hoy una huelga de hambre, decisión que fue formalizada mediante carta entregada esta mañana al alcaide del recinto.

La medida no obedece a un hecho puntual ni reciente. Si bien el retiro de refrigeradores ha generado atención pública, dicha resolución es posterior a la decisión adoptada y constituye un elemento más dentro de una acumulación de situaciones que, según exponen en su comunicado, configuran el incumplimiento reiterado de fallos judiciales por parte de Gendarmería, incluyendo resoluciones con orden de no innovar.

Se denuncia el deterioro de instalaciones, la remoción de carpas, el retiro de la chacra, la eliminación de espacios como la gruta y la biblioteca, el uso de comedores como dormitorios generando hacinamiento y una restricción progresiva que, según expresan, ha alcanzado su máximo nivel, sumado al ingreso de presos comunes.

Todo lo anterior, pese a resoluciones judiciales vigentes.

La imagen expone las edades y condiciones de salud de quienes hoy adoptan esta medida. Se trata en su mayoría, de personas de edad avanzada y con patologías, y que si bien no se exponen sus nombres, entre ellos hay soldados conscriptos condenados por hechos ocurridos mientras realizaban su servicio militar obligatorio.

Desde Punta Peuco señalan que esta huelga es una decisión asumida con plena conciencia de sus consecuencias. La responsabilidad frente a cualquier deterioro en su estado de salud recae en quienes tienen el deber legal de resguardar su integridad bajo custodia del Estado.

Asimismo, afirman que la huelga de hambre se declara como un acto frente a lo que consideran una vulneración persistente del imperio de la ley y de estándares mínimos de trato bajo custodia estatal.

Finalmente, aseguran que el respeto al imperio de la ley no puede depender de la voluntad administrativa. Es una obligación ineludible del Estado.

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