En fallo dividido.
Corte de Santiago acoge demanda por despido injustificado de jefa de local comercial.
El Tribunal de alzada rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la demandada en contra de la sentencia dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago que, en procedimiento monitorio, dio por establecido el despido injustificado de la trabajadora.

En fallo dividido, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que acogió la demanda por despido de jefa de local venta de productos de paquetería y regalos Happydays.
La sentencia sostiene que aparece del tenor literal del artículo 13 de la ley 19.728, que su el requisito esencial para operar, es que el contrato de trabajo haya terminado por alguna de las causales previstas en el artículo 161 del Código del Trabajo.
La resolución agrega que en dicho entendido, resulta insuficiente la simple invocación del empleador de alguna de las causales previstas en el artículo 161 del Código del Trabajo, por cuanto entenderlo así significaría aceptar que el despido injustificado, previo uso de una causal impropia, produce el efecto de autorizar la imputación a la indemnización por años de servicios, de los montos aportados a la Cuenta Individual por cesantía, avalando con ello el actuar negligente del empleador en perjuicio de los derechos del trabajador.
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