Primera sala.
Nuevamente ingresó al TC inaplicabilidad que impugna normas que permitirían aplicar procedimiento de tutela laboral en juicio contra Municipalidad de Alto del Carmen.
La gestión pendiente incide en autos sobre denuncia de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales, seguidos ante el Segundo Juzgado de Letras de Vallenar.

Se solicitó declarar inaplicables, por inconstitucionales, los artículos 1, inciso tercero, 162, inciso primero, 168, incisos primero y segundo, 485 y 489 del Código del Trabajo.
Los preceptos impugnados establecen, en esencia, la competencia de los Juzgados del Trabajo para conocer de los procedimientos de tutela de derechos fundamentales de los funcionarios públicos y tanto el desarrollo como las formalidades de la terminación de los contratos de trabajo por vencimiento de plazo convenido, conclusión del trabajo que dio origen al contrato o casos fortuitos o de fuerza mayor.
La gestión pendiente incide en autos sobre denuncia de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales, seguidos ante el Segundo Juzgado de Letras de Vallenar, en los que un ex prestador de servicios demandó a la Municipalidad de Alto del Carmen, en virtud de que se le terminó anticipadamente el contrato de honorarios.
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