En fallo unánime.
Corte de Santiago acoge demanda por despido injustificado de trabajadora de INDAP.
El Tribunal de alzada capitalino acogió la demanda presentada por funcionaria, tras determinar que la desvinculación fue injustificada.

En fallo unánime, La Corte de Santiago acogió la demanda por despido injustificado presentada por Mónica Hechtle Villavicencio del Instituto de Desarrollo Agropecuario (Indap), quien fue desvinculada del servicio en abril de 2016, tras desempeñarse en programa de apoyo a agricultores de San Pedro de Atacama.
La sentencia del Tribunal de alzada sostiene que "no siendo controvertido el hecho de la existencia de la relación laboral, por aplicación del artículo 58 del Código del Trabajo y del artículo 3° de la Ley N°17.322, el empleador está obligado a descontar de la remuneración del trabajador el proporcional correspondiente a las cotizaciones previsionales de salud".
La resolución de la Corte capitalina agrega que "de haberse comportado las partes durante la vigencia de la relación como un vínculo a honorarios, la certeza jurídica de lo resuelto por el a quo, determinó que la relación era de índole laboral y, en consecuencia, la remuneración pactada, necesariamente suponía la retención y pago a los respectivos agentes, de las cotizaciones previsionales y de salud, lo que se constató no se hizo siendo un derecho irrenunciable del trabajador, de carácter alimenticio, por cuanto tiene que ver con la salud y pensión de vejez del trabajador, solo procedía disponer el pago de las cantidades correspondientes a cotizaciones de previsión social y de salud y al no resolverse así, el sentenciador ha incurrido en la infracción legal que se reclama".
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