Diario Constitucional

Por unanimidad.

Corte de Santiago anuló de oficio sentencia que entendió que el reproche se ubicó durante la vigencia de la relación laboral y no en el despido.

La Corte de Santiago indicó que, la sentencia disgregó la relación de hechos que fueron planteados sin solución de continuidad.

Por Redacción·16 de junio de 2020·4 min de lectura
Corte de Santiago anuló de oficio sentencia que entendió que el reproche se ubicó durante la vigencia de la relación laboral y no en el despido.
Referencial

En fallo unánime, la Corte de Santiago rechazó un recurso de nulidad deducida por la parte demandante por vulneración de derechos fundamentales con ocasión de su despido, pero que, acogió la demanda subsidiaria por despido injustificado en contra de la sentencia del Juzgado de Letras de Colina y la anuló de oficio.

El recurrente señaló como vicio de la sentencia impugnada, aquella establecida en el artículo 477 del Código del Trabajo, en su vertiente de infracción de ley, vinculada a los artículos 485, 489 y 493 del mismo código.

La sentencia de la Corte de Santiago señaló que, como se observó con toda claridad, en el entendimiento de lo que constituye la esencia del fenómeno del “acoso laboral” [una serie de conductas (agresión y/o hostigamiento) realizadas en el tiempo por una persona dentro de la organización empresarial en contra de otra (de igual, mayor o inferior jerarquía) que producen un resultado lesivo en la víctima], el relato que se contiene en la demanda y sus fundamentos fácticos, se construyen sobre un conjunto de hechos que habrían tenido lugar durante la vigencia del vínculo laboral, cuyo análisis global impresionan como el preámbulo del despido de que fue objeto la trabajadora, lo que constituye el real fundamento de la acción. En este sentido, no debe extrañarse la modalidad utilizada por la defensa de la demandante para obtener la reparación que la ley contempla, en tanto el despido se planteó y ubicó -conforme a la estrategia de la pretensión- como el acto final de la sucesión de hechos vulneratorios.

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