Ley 19.728.
Corte de Apelaciones de Santiago confirma fallo que acogió tutela laboral de recepcionista de colegio.
El Tribunal de alzada confirmó la sentencia impugnada, dictada por el 2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que estableció que el despido de la funcionaria fue discriminatorio en razón de su condición de salud.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de nulidad en contra de la sentencia que acogió la demanda de tutela laboral deducido por recepcionista de Colegio Dunalastair Peñalolen SpA.
La sentencia indica que, de la lectura atenta del fallo impugnado no se advierte la deficiencia en el razonamiento que hace el juez al valorar las probanzas rendidas, ya que las analiza y pondera de forma tal que le permite alcanzar la convicción necesaria para establecer el nivel de indicios que hace atendible la acción principal incoada por la actora.
La resolución agrega que en efecto, tal como lo indica la juez, no se puede considerar como justificada la proporcionalidad y racionalidad de la medida adoptada de manera tal que desmientan los indicios de actos de discriminación porque las explicaciones que ha dado la demandada para el término de la relación de trabajo han sido incongruentes, tal como lo explica detalladamente en el considerando 11º.
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