En fallo unánime.
Corte de Apelaciones de Santiago rechaza demanda contra Codelco por supuestas prácticas antisindicales.
El Tribunal de alzada revocó la sentencia que acogió la demanda, tras desestimar prácticas antisindicales en la empresa y en las divisiones de la cuprera.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió recurso de nulidad y rechazó una demanda por prácticas antisindicales presentada por la Federación Nacional de Supervisores Rol A y Profesionales (Fesuc) de Codelco Chile en contra de la empresa minera y las divisiones Ventanas, Andina, Radomiro Tomic, Ministro Hales, Chuquicamata, Salvador y Gabriela Mistral.
Respecto de la división Ventanas, el fallo de la Corte de Santiago establece no debió ser considerada en la demanda, debido a que la acción contra ella fue zanjada con anterioridad.
La sentencia sostiene respecto de la acción contra Ventanas que, si esa situación quedó zanjada en la referida audiencia por resolución ejecutoriada, se dan los presupuestos para configurar la vulneración del artículo 478 letra f) el Código del Trabajo, habida consideración que la trasgresión del artículo 477 en relación a los artículos 19 nº 2 y 3 de la Constitución Política, también resultan atendibles, ya que si la acción respecto a Codelco Ventanas quedó acotada a la acción de ‘único empleador’, como aparece del auto de prueba, las que ofreció esa parte fue solo en ese sentido, provocándose así una desigualdad procesal a su respecto.
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