En fallo unánime.
Corte de Santiago rechazó recurso de nulidad y confirmó condena por despido injustificado de profesora de odontología.
El Tribunal de alzada confirmó la sentencia dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que estableció la existencia de una relación laboral entre la Universidad Mayor y la cirujano-dentista Sandra Silva Maccioni, declarando injustificado su despido.

En fallo unánime, la Corte de Santiago rechazó recurso de nulidad y confirmó la sentencia que condenó a la Universidad Mayor por el despido injustificado de profesora de odontología que se desempeñó en 1999 y 2016 en el plantel.
La sentencia del Tribunal de alzada sostiene que "respecto de la segunda causal basada en infracción del artículo 13 de la Ley N° 19.728, corresponde señalar que tanto a partir de la misma disposición como lo señalado por la Corte Suprema en diversos fallos de unificación de jurisprudencia (v.g. Rol N° 2778-2015, considerando sexto), se ha sostenido que del tenor de esta disposición queda claro que una condición sine qua non para que opere es que el contrato de trabajo haya terminado por las causales previstas en el artículo 161 del Código del Trabajo".
La resolución de la Corte capitalina señala que "luego, lo que cabe preguntarse, es si el término del contrato por necesidades de la empresa fue considerado injustificado por el juez laboral, en si se satisface la condición o, en cambio, al haberlo invocado el empleador, eso bastaría por dar satisfacción a la referida condición, primando el primer criterio, pues de lo contrario, la segunda tesis supone un incentivo a invocar una causal errada con el objeto de obstaculizar la restitución o, lo que es lo mismo, validando un aprovechamiento del propio dolo o desprolijidad en invocar la citada causal. Por ello, debe entenderse que declarado injustificado el despido por necesidades de la empresa priva de base a la aplicación del inciso segundo del artículo 13 de la ley ya tantas veces citada".
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