Recurso de unificación de jurisprudencia rechazado.
Corte Suprema confirma fallo que acogió demanda por despido injustificado de profesores universitarios contratados a honorarios.
El máximo Tribunal desestimó el arbitrio al acompañar la recurrente sentencias de cotejo divergentes de la materia resuelta en la resolución impugnada.

La Corte Suprema rechazó el recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto en contra de la sentencia que acogió demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones de profesores contratados a honorarios por la Universidad del Bío Bío.
El fallo señala que, las sentencias ofrecidas para su cotejo no resultan útiles para los efectos previstos en el artículo 483-A del Código del Trabajo, pues se refieren a una situación fáctica y jurídica distinta, al tratarse de decisiones sustentadas en dos presupuestos que no concurren en la especie, por una parte, que las labores ejecutadas por los demandantes tuvieron el carácter de accidentales o no habituales del respectivo servicio, por lo que se trató de cometidos específicos; y, por otra, que no se acreditó que los servicios hayan sido ejecutados bajo condiciones que permitieran configurar el vínculo de subordinación y dependencia, cuya concurrencia es determinante para aplicar la normativa laboral. Ninguna de estas hipótesis se verifica en el caso, dados los hechos asentados y los razonamientos desarrollados en la sentencia impugnada.
La resolución agrega que, para la procedencia del recurso en análisis, es requisito esencial que existan distintas interpretaciones respecto de una determinada materia de derecho, es decir, que frente a hechos, fundamentos o pretensiones sustancialmente iguales u homologables, se haya arribado a concepciones o planteamientos jurídicos disímiles que denoten una divergencia doctrinal que deba ser resuelta y uniformada.
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