Diario Constitucional

En fallo unánime.

CS confirma multa por prácticas antisindicales a empresa que reemplazó trabajadores en huelga.

El máximo Tribunal confirmó la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel, que ratificó la multa de 105 UTM alpicada a la empresa.

Por Redacción·26 de julio de 2019·2 min de lectura
CS confirma multa por prácticas antisindicales a empresa que reemplazó trabajadores en huelga.
Referencial

En fallo unánime, la Corte Suprema declaró inadmisible recurso de unificación de jurisprudencia y confirmó una multa aplicada a empresa Traverso por práctica antisindicales al reemplazar a trabajadores en huelga legal.

La sentencia sostiene que según se expresa en la legislación laboral, el recurso de unificación de jurisprudencia es susceptible de ser deducido contra la resolución que falle el de nulidad, estableciéndose su procedencia para el caso en que, ‘respecto de la materia de derecho objeto del juicio existieren distintas interpretaciones sostenidas en uno o más fallos firmes emanados de Tribunales Superiores de Justicia', conforme lo explicita el artículo 483 del Código del Trabajo.

La resolución agrega que asimismo, del tenor de lo dispuesto en su artículo 483-A, aparece que esta Corte debe controlar, como requisitos para su admisibilidad, por un lado, su oportunidad; en segundo lugar, la existencia de fundamento, además de una relación precisa y circunstanciada de las distintas interpretaciones respecto de las materias de derecho objeto de la sentencia, sostenidas en diversos fallos emanados de los tribunales superiores de justicia, y finalmente, debe acompañarse copia del o los fallos que se invocan como fundamento del recurso en referencia.

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