En fallo unánime.
CS rechaza protección contra la Dirección del Trabajo por regulación de grupos negociadores.
El máximo Tribunal revocó la sentencia apelada y estableció que la Dirección del Trabajo actuó dentro de sus facultades legales y que no existe derecho indubitado de las organizaciones sindicales recurrentes.

En fallo unánime, la Corte Suprema rechazó el recurso de protección presentado por grupo de sindicatos en contra del dictamen de la Dirección del Trabajo, que reguló los denominados "grupos negociadores" en procesos de negociación colectiva.
Así, el máximo Tribunal revocó la sentencia apelada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, y rechazó el recurso de protección interpuesto, tras establecer que la Dirección del Trabajo actuó dentro de sus facultades legales y que no existe derecho indubitado de las organizaciones sindicales recurrentes.
La sentencia sostiene que del análisis del libelo, el informe de la recurrida y los antecedentes allegados al proceso, se colige que en la especie existe controversia respecto de la calificación jurídica del documento cuyo registro se solicita, controversia que excluye la preexistencia de un derecho incuestionado respecto de los actores.
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