Jefe de RRHH y relaciones laborales.
Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena acoge demanda de tutela laboral deducida por un trabajador que sufrió hostigamiento.
El actor denuncia vulneración de su derecho a la vida y a la integridad física y psíquica y la comisión de actos de discriminación perpetrados por la empleadora, que adjudica a su avanzada edad.

El Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena acogió una demanda de tutela laboral presentada por un ex trabajador contra la Sociedad de Servicios Varios de Soldadura y Otros Limitada (SERVASOL) y, solidariamente, contra Codelco Norte División Chuquicamata.
La sentencia sostiene que no se visualiza que el hostigamiento esté asociado a una conducta de discriminación por edad. De hecho, no puede perderse de vista que cuando el actor fue contratado, tenía sólo dos años menos que cuando fue despedido, de manera que no parece ser efectivo que la empresa lo haya discriminado por su edad, lo que no es obstáculo para acoger la denuncia por vulneración de la garantía a la integridad psíquica como resultado del hostigamiento laboral.
Se concluye que SERVASOL ha vulnerado la integridad psíquica del denunciante por medio de conductas constitutivas de hostigamiento laboral, siendo condenada a diversas prestaciones. Asimismo, estando reconocida la vinculación en régimen de subcontratación, CODELCO es condenada en forma solidaria, salvo en lo que concierne a las indemnizaciones por vulneración de garantías fundamentales desde que no existe ningún antecedente que permita concluir que dicha empresa incurrió en alguna conducta omisiva, sobre todo teniendo presente la ausencia total de prueba que acredite el conocimiento de ésta respecto a los hostigamientos sufridos por el denunciante.
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