Diario Constitucional

Faltan indicios de la vulneración.

Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena rechaza tutela laboral deducida por geólogo que responsabiliza a su ex empleadora del estrés que sufrió por el cierre de una obra.

El actor consideró vulneradas sus garantías constitucionales a la vida y a la integridad física y psíquica, vulneraciones que lo habrían llevado a poner término a la relación laboral a través del autodespido.

Por Redacción·14 de junio de 2019·3 min de lectura
Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena rechaza tutela laboral deducida por geólogo que responsabiliza a su ex empleadora del estrés que sufrió por el cierre de una obra.
Referencial

El Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena rechazó la denuncia por vulneración de derechos fundamentales, con ocasión del despido, en procedimiento de tutela laboral incoada por un licenciado en geología en contra de Euroconsult S.A. Agencia en Chile y de la Sociedad Concesionaria Ruta del Limarí S.A., en calidad de mandante de la demandada principal, quien era empleado de las mismas y refiere un clima laboral hostil que lo habría llevado al autodespido.

En su sentencia, el Tribunal indicó que para establecer si las denunciadas, y especialmente el empleador directo, Euroconsult S.A., vulneró el derecho a la integridad del actor, es preciso despejar si éste cumplió con el estándar probatorio indiciario o no, lo que no ha conseguido. La prueba aportada en el juicio no permite concluir que el actuar del empleador haya lesionado derechos fundamentales del actor, no se advierte que haya desplegado acciones de carácter ilegítimo, arbitrario o desproporcionado, sobrepasando las facultades para organizar, dirigir y administrar su empresa que la ley le reconoce.

Se agregó que se le atribuye al empleador que con su actuar mantuvo al denunciante durante varios meses en incertidumbre laboral; que le modificó las funciones que debía desarrollar, asignándole tareas administrativas que correspondían al jefe de unidad; que se modificó el lugar de trabajo, disponiendo que cumpliera funciones desde su casa; se le encomendó buscar y evaluar posibles nuevos contratos, para reubicarlo en una nueva obra. Añade que además, el empleador hizo caso omiso ante su incomodidad por la nueva situación, debiendo requerir la intervención de la Inspección del Trabajo, sin arribarse a ninguna solución. Los antecedentes antes referidos son el fundamento para el autodespido, y agrega que además son el origen de un clima laboral hostil, que afectó su estado de salud, haciendo resurgir síntomas de una enfermedad previa, que mantenía bajo control, y le provocó estrés severo secundario, con lo que se configura la vulneración a su derecho a la integridad física y psíquica que denuncia.

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