Acogió parcialmente la demanda.
Juzgado de Letras del Trabajo de Punta Arenas condenó a CEMA Chile por daño moral a ex funcionaria.
La sentencia concluyó que “corresponde indemnizar el daño descrito en forma íntegra, de conformidad a su gravedad e intensidad, regulándose prudencialmente en la suma de $5.000.000”.

El Juzgado de Letras del Trabajo de Punta Arenas acogió parcialmente la demanda interpuesta por la contadora Eliana Huerta Sotelo, en contra de la Fundación Cema Chile en Punta Arenas, por concepto de indemnización de perjuicios por daño moral.
La sentencia establece que la contadora, quien se desempeñó en la fundación desde octubre de 1994, logró acreditar "que existe un cercanía temporal entre las denuncias que efectuó ante la Inspección del Trabajo por no otorgársele el trabajo convenido, y el despido, sin embargo, no es posible formar convicción en cuanto a que éste sea producto de una represalia por haber puesto la actora en movimiento la actividad fiscalizadora del aludido servicio, pues la misma parte demostró que se desvinculó a todas las trabajadoras de la sede y no solo a ella" el 1 de septiembre de 2016.
En seguida logró acreditar que "la empresa está siendo investigada judicialmente, lo cual se ve corroborado en oficio N° 1958 de 6 de julio de 2016 suscrito por el Ministro del Fuero Sr. Guillermo de la Barra Dunner, el cual revela que en la causa N° 385-2016, caratulada ‘CEMA' se decretó una orden de entrada y registro a fin que la Brigada de Investigadora de Lavado de Activos de la Policía de Investigaciones de Chile, proceda a la incautación de computadores, dispositivos de almacenamiento, equipos electrónicos, información contenida en bases de dato y toda la documentación que se encuentre en la sede de la Fundación en la Región Metropolitana".
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